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Las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso

agpdFin a la batalla histórica entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las empresas de comercio electrónico y de crédito. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) abre el mercado de datos personales para las empresas de ventas por Internet, para las que gestionan ficheros de morosos de banca y seguros o para las telecos y sus clientes.

La sentencia da luz verde a que las empresas utilicen datos personales sin el consentimiento de los particulares siempre que tengan un interés legítimo en este tratamiento y no prevalezcan los derechos de los particulares.

En una sentencia que se notifica hoy, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el Alto Tribunal adapta al ordenamiento español el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) del pasado 24 de noviembre, al que había planteado cuestión prejudicial, y anula el artículo 10.2 del Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que traspone el artículo 7 de la Directiva de protección de datos, relativo a los criterios que legitiman los tratamientos de datos.

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Megaupload: La Agencia Española de Protección de Datos no es competente en el caso

agpdmegauploadDiversas notas y comentarios en varios medios de comunicación están dando a entender que una posible vía para recuperar nuestros datos alojados en Megaupload es acudir a la Agencia Española de Protección de Datos; en este sentido considero necesario aclarar que dicha Agencia no podrá ayudarnos en el caso de Megaupload por varios motivos. Examinemos los motivos por los que debemos concluir que nuestra autoridad en materia de protección de datos de carácter personal (la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)), que recordemos NO es una autoridad judicial, no podrá hacer nada frente a nuestras solicitudes en relación a Megaupload en materia de su competencia: la protección de los datos de carácter personal.

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El Tribunal de la Unión Europea avala los ficheros de morosos

agpdLuxemburgo responde al Supremo y tumba el marco normativo de protección de datos español, que se articula sobre el principio del consentimiento. La sentencia tiene “efecto directo” en los Estados.

La Justicia europea se ha manifestado en contra de la redacción de parte del Reglamento de Protección de Datos y de la Ley española, que impiden la inclusión de personas en ficheros de morosos sin el consentimiento previo de los afectados. En un pulso planteado por la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (Fecemd), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dado respuesta a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo (TS)en julio de 2010 respecto a la Directiva.

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Los riesgos de usar el TWITTER

logo_twitterAntes de lanzar un 'tuit', piense en los riesgos legales

Un tercio de los usuarios de redes sociales y la mitad de los que usan Twitter, según un estudio, no tiene en cuenta los peligros jurídicos al escribir un comentario en sus perfiles que podría ocasionar desde multas de hasta 600.000 euros a penas de dos años de cárcel.

El auge de Twitter y el significativo aumento en el uso de medios como Facebook y Linkedin han convertido a las redes sociales en una parte dominante e importante de la vida cotidiana. La primavera árabe, los disturbios del verano pasado en ciudades del Reino Unido, el movimiento 15-M en España u otros similares en otros países recuerdan el enorme impacto que estos nuevos medios pueden tener en la sociedad.

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Modo de empleo de videocámaras en lugares públicos

logoRecientemente, una sentencia de la Audiencia Nacional, ha ratificado la sanción de 60.000 €, que la A.E.P.D. había impuesto a unos grandes almacenes por no evitar que sus cámaras exteriores, captasen imágenes de la vía pública con el paso de transeúntes y vehículos.

Archivos adjuntos:
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